Cómo conseguir el visado de estudiante en España
Estudiantes en clase
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Cómo conseguir el visado de estudiante en España

¿Quieres estudiar en España y vives en el extranjero? En este artículo te explicamos cómo conseguir un visado de estudiante en España y qué requisitos se necesitan para conseguirlo. Ten en cuenta que si quieres estudiar en España y no eres ciudadano de la Unión Europea necesitarás un visado para poder estudiar en España.

¿Qué es el visado de estudiante?

El visado de estudiante es un tipo de autorización que permite a los estudiantes extranjeros venir a España para estudiar en una institución educativa española. Para solicitar un visado de estudiante, primero hay que ser aceptado en una escuela española. Una vez que hayas sido aceptado, puedes comenzar el proceso de solicitud de un visado de estudiante. Para solicitar un visado de estudiante, tendrás que presentar una solicitud y aportar documentación como el pasaporte, la prueba de la matrícula y la documentación financiera.

El visado de estudiante te permite permanecer en España hasta 90 días. Si quiere permanecer en España más de 90 días, tendrá que solicitar un permiso de residencia. La tarjeta de estudiante le permite permanecer en España para cursar estudios y también le permite trabajar a tiempo parcial mientras es estudiante.

Cómo solicitar el visado de estudiante para España

Si tienes previsto estudiar en España, tendrás que solicitar un visado de estudiante en el consulado de tu país de origen. Los documentos necesarios para solicitar el visado son un pasaporte válido, una prueba de apoyo financiero y una carta de aceptación de una universidad española. El proceso de obtención del visado puede durar varias semanas, por lo que es importante solicitar el visado de estudiante lo antes posible.

Los requisitos necesarios para solicitar el visado de estudiante en España son los siguientes;

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadanos de la Unión del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadanos de la Unión.
  • No figurar como rechazable en el espacio territorial de los países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • Si se solicita desde España, es necesario encontrarse regularmente en territorio español.
  • Tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso al país de origen y, en su caso, los de sus familiares.
  • Haber abonado la tasa de tramitación del procedimiento, correspondiente al Formulario 790 de Pago y Registro Electrónico Tasa 062.
  • Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una entidad aseguradora autorizada en España.
  • Para los estudiantes menores de edad que no vengan acompañados de sus padres o tutores, contar con autorización de estos. En dicha autorización debe constar el nombre del centro, organización, entidad y organismo responsable de la actividad y del periodo de estancia previsto.
  • Haber sido admitido en un centro de enseñanza autorizado en España, para la realización de un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.

Por otra parte, en caso de que la duración de la estancia sea superior a 6 meses, se requerirá:

  • Cuando se trate de mayores de edad penal, carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia durante los últimos cinco años por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional.

Documentos para solicitar la estancia por estudios en España

Una vez conocidos los requisitos exigidos para solicitar el visado de estudiante en España, vamos a ver qué documentos necesitas para solicitar la estancia por estudios si el procedimiento se inicia desde fuera de España:

  • Impreso de solicitud de visado nacional, en modelo oficial. Hay que presentarlo por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero o su representante.
  • Pasaporte en vigor o título de viaje, reconocido como válido en España. La vigencia mínima del pasaporte debe corresponder con el periodo para el que se solicita la estancia.

Si el procedimiento de estancia por estudios se inicia  en España, hay que presentar:

  • Impreso de solicitud en modelo oficial EX00, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero. Este modelo prueba de que el solicitante se encuentra regularmente en el territorio español y de que la presentación de la solicitud se efectúa con una antelación mínima de un mes a la fecha de expiración de su situación.

En todos los casos, hay que presentar la siguiente documentación acreditativa del cumplimiento de todos los requisitos anteriores:

  • Documentación acreditativa de disponer de medios económicos necesarios para el periodo que se solicita y para el retorno al país de procedencia.
  • Documentación acreditativa de disponer de seguro médico.
  • Documentación acreditativa de estar admitido en un centro de enseñanza, admitiéndose una carta de admisión o un certificado de matrícula, entre otras opciones.
  • En el supuesto de estudiantes menores de edad, autorización de padres o tutores en la que conste el centro, organización, entidad y organismo responsable de la actividad y del periodo de estancia previsto.

Además, si la duración de la estancia supera los seis meses, hay que presentar:

  • Certificado médico que acredite que no se padece ninguna de las enfermedades con repercusiones en la salud pública.
  • Si es mayor de edad penal, certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen o del país en que haya residido durante los últimos cinco años.

Todos los documentos debe ser presentados en castellano o, si la hubiera, en la lengua cooficial de la región donde se presenta.

Procedimiento para solicitar el visado de estudiante desde fuera de España

Si todavía no estás en España, el procedimiento para solicitar tu visado de estudiante es el siguiente:

  1. El sujeto legitimado o un representante/tutor, en caso de ser menor de edad, debe presentar personalmente la solicitud de visado en la misión diplomática u oficina consular española en cuya demarcación resida el solicitante. Esta solicitud deberá ir dirigida a la oficina de extranjería correspondiente a la provincia en la que esté situado el centro de enseñanza.
  2. Antes iniciar la tramitación hay que abonar la tasa por la expedición de visado en el momento de solicitar el visado.
  3. Una vez pagada la tasa, hay que esperar el plazo de resolución y expedición del visado. El plazo máximo para notificar la resolución es de un mes. Si no se recibe ninguna respuesta, se entenderá que desestimada por silencio administrativo.
  4. El visado concedido deberá ser recogido en el plazo de dos meses desde la notificación. Si no se recoge en ese plazo mencionado, se entenderá que el interesado ha renunciado al visado concedido.
  5. La duración de la estancia que se conceda será igual a la de los estudios que se vayan a realizar, con el límite máximo de un año. Esta duración puede llegar a ser de hasta dos años si se trata de estudios realizados en una institución de enseñanza superior autorizada, que den lugar a la obtención de un título de educación superior reconocido cuando incluya un curso preparatorio o unas prácticas de formación obligatoria.
  6. En el caso de que la estancia por estudios tenga una duración superior a seis meses, el extranjero deberá solicitar personalmente la tarjeta de identidad de extranjero en el plazo de un mes desde la entrada en España, en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización.
  7. El solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje y aportará:
    • Solicitud de tarjeta de extranjeroen modelo oficial (EX-17)
    • Justificante del abono de la tasa de la tarjeta.
    • Una fotografía reciente en color, en fondo blanco, tamaño carné.

Procedimiento para solicitar el visado de estudiante desde España

  1. El sujeto legitimado o un representante/tutor, en caso de ser menor de edad, debe presentar personalmente o a través de los medios electrónicos que se habiliten. También pueden solicitar la autorización las instituciones de educación superior, si se van a realizar estudios de educación superior.
  2. La presentación se realiza a través de la plataforma de Extranjería Mercurio Iniciales o bien, mediante cita previa en la Oficina de Extranjería de la provincia en la que esté situado el centro de enseñanza.
  3. El plazo máximo para notificar la resolución es de un mes contado a partir del día siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud en la oficina de extranjería competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya dado respuesta expresa, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.
  4. La duración de la estancia que se conceda será igual a la de los estudios que se vayan a realizar, con el límite máximo de un año. Puede llegar a dos años si se trata de estudios realizados en una institución de enseñanza superior autorizada, que den lugar a la obtención de un título de educación superior reconocido.
  5. En el supuesto de que la estancia por estudios tenga una duración superior a seis meses, el solicitante deberá solicitar personalmente la tarjeta de identidad de extranjero en el plazo de un mes desde la entrada en España, en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización.
  6. El solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje y aportará:
    • Solicitud de tarjeta de extranjeroen modelo oficial (EX-17)
    • Justificante del abono de la tasa de la tarjeta.
    • Una fotografía reciente en color, en fondo blanco, tamaño carné.

¿Puede el estudiante extranjero venir con su familia a España?

Es importante tener en cuenta que el estudiante puede venir acompañado de sus familiares. Estos deberán solicitar así mismo los correspondientes visados. No obstante, el cónyuge, la pareja de hecho, los hijos menores de dieciocho años o que tengan una discapacidad y no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud, pueden obtener autorización para entrar y permanecer legalmente en España junto al estudiante durante la duración de sus estudios.

El visado del familiar se podrá solicitar de manera simultánea con la del visado de estudios del estudiante, o en cualquier momento posterior dentro del periodo de vigencia de la autorización de estancia por estudios. Es importante tener en cuenta que para su concesión se deberá acreditar que el extranjero cuenta con medios económicos suficientes para el sostenimiento de la unidad familiar, el vínculo familiar o de parentesco y, en el supuesto de hijos mayores de dieciocho años, documentación acreditativa de no ser objetivamente capaces.

Por otra parte, es importante recordar que la autorización de los familiares estará vinculada a la del estudiante, y podrán permanecer en territorio español el mismo periodo y en la misma situación que este. Además, si la estancia de los familiares es superior a seis meses, deberán obtener tarjeta de identidad de extranjero.

¿Puede trabajar un extranjero con visado de estudiante?

En el caso de querer trabajar, los estudiantes extranjeros pueden ser autorizados a realizar actividades por cuenta ajena o por cuenta propia, siempre que las actividades sean compatibles con los estudios y no superen las 30 horas semanales.

Sin embargo, los familiares de estudiante no podrán obtener, en ningún caso, autorización para realizar actividades lucrativas.

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1 comentario
  • Hola buenas noches soy licenciado en cultura física y estoy interesado en pasar un curso en España referente a mis estudios,actualmente vivo en Angola pero tengo nacionalidad cubana,podría ayudarme!